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Para informacion adicional por favor comuniquese con nuestra Embajada Dominicana en La Haya.
Divorcio por incompatibilidad de Caracteres:
a) Pasaporte y/o Cédula de Identidad y Electoral de la persona que da el poder.
b) Nombre y Número de la Cédula de Identidad y Electoral del abogado apoderado.
c) Acta de matrimonio.
Acto de Venta:
a) Pasaportes y/o Cédulas de Identidad y Electoral del Comprador y Vendedor (si el vendedor esta casado debe presetar el acta de matrimonio y venir con su pareja, debidamente identificada con los documentos antes mencionados.)
b) Certificado de Título original del inmueble objeto de venta.
Compra de Inmuebles:
a) Pasaporte y/o Cédula de Identidad y Electoral de la persona que da el poder.
b) Nombre y Número de la Cédula de Identidad y Electoral del apoderado.
c) Copia del Certificado de Título del inmueble que se quiere comprar.
Venta y Retiro de Vehículos:
a) Pasaporte y/o Cédula de Identidad y Electoral de la persona que da el poder.
b) Nombre y Número de la Cédula de Identidad y Electoral del apoderado.
c) Copia del Certificado de Propiedad o Matricula del Vehículo.
Traspaso de Arma de Fuego:
a) Pasaporte y/o Cédula de Identidad y Electoral de la persona que da el poder.
b) Nombre y Número de la Cédula de Identidad y Electoral del beneficiario.
c) Copia de la Licencia de Porte y tenecia de Arma de fuego.
Hipotecas:
a) Pasaporte y/o Cédula de Identidad y Electoral de la persona que da el poder (si esta casado venir con su pareja debidamente identificada.)
b) Nombre y Número de la Cédula de Identidad y Electoral del apoderado.
c) Copia del Certificado de Título del Inmueble.
Compra con Financiamiento:
a) Pasaporte y/o Cédula de Identidad y Electoral de la persona que da el poder (si esta casado venir con su pareja debidamente identificada.)
b) Nombre y Número de la Cédula de Identidad y Electoral del apoderado.
c) Copia del Contrato de Opción de Compra y/o Certificado de Título del inmueble a adquirir.
d) Nombre de la entidad bancaria y/o Institución Financiadora.
Trámites Bancarios: (Retiro de Valores, Administración de Cuentas, etc.)
a) Pasaporte y/o Cédula de Identidad y Electoral de la persona que da el poder.
b) Nombre y Número de la Cédula de Identidad y Electoral del apoderado.
c) Copia de las Cuentas de Ahorro y/o Certificados de Depósitos y Financiero
Reclamo de Herencia:
a) Pasaporte y/o Cédula de Identidad y Electoral de los herederos y/o poderdantes.
b) Nombre y Número de Cédula de Identidad y electoral del apoderado
c) Copia del acta de defunción.
d) Copia de los documentos de propiedad de los bienes a reclamar.
Poder Especial para venta de inmueble:
a) Pasaporte y/o Cédula de Identidad y Electoral de la persona que da el poder (si esta casado debe venir con su pareja debidamente identificada con su pasaporte y/o Cédula)
b) Nombre y Número de cédula de Identidad y Electoral del apoderado.
c) Copia del Certificado de Título y/o Contrato de Compra-Venta Definitivo del inmueble.
Documentos de Funerarias para traslados de restos :
- Acta de defunción, la firma de Actuario deberá ser ratificada por un oficial superior.
- Declaración jurada del embalsamiento. Este documento deberá estar firmado por el embalsamador y notarizada. La firma del Notario Público certificada por el "County Clerk", y
- Carta del Departamento de Salud del Estado, ratificada por un funcionario superior, declarando la no existencia de epidemias o enfermedades contagiosas. Esta documentación será traducida al español y legalizada por el Consulado, siempre que cumpla con los requisitos establecidos.
Autorización para Pasaportes de Menores :
- Uno de los padres o tutores del o la menor deberá comparecer personalmente y presentar identificación (cédula y/o pasaporte u otra identificación de tipo oficial).
- Acta de nacimiento legalizada (original o copia), nombre, número de cédula de identidad y electoral y dirección de la persona a quien autoriza para el retiro del pasaporte del menor en la República Dominicana.
Autorización para cobro de Pensiones de la República Dominicana:
El pensionado se presentará con la identificación correcta (cédula o pasaporte) y con el nombre, número de cédula de identificación y electoral, y dirección de la persona a quien autoriza para cobrar la pensión en la República Dominicana.
La República Dominicana a través de sus delegaciones en el extranjero ofrece a todos los ciudadanos dominicanos servicios de OFICIAL DEL ESTADO CIVIL a fin de que puedan realizar cualquier actividad o función para los cuales dichos documentos o servicios sean imprescindibles.Según la Constitución de la República Dominicana todos los hijos de dominicanos nacidos en el exterior también son dominicanos siempre y cuando vinieren y se registraran en el país. Ese trámite de registro puede ser iniciado en las oficinas consulares dominicanas tomando en cuenta las restricciones y limitaciones que indican las leyes de la República Dominicana vigentes.
Todos los padres dominicanos tienen derecho a declarar a sus menores en las oficinas consulares de la República Dominicana.
.¿Qué se requiere para declarar los hijos de dominicanos nacidos en el extranjero?
REQUISITOS
a. Que por lo menos uno de los padres sea dominicano.
b. Presentarse en la Oficina Consular dominicana ambos padres.
c. Llevar físicamente al menor.
d. Una fotografía reciente del menor, tamaño 4 x 5 centímetro, de fondo blanco, de frente, sin pendientes (incluye al sexo femenino y masculino), sin sonrisa, sin mueca, con el cabello recogido, y que se observen claramente los oídos.
e. Cédula de Identidad y Electoral de los padres (si la tienen).
f. Pasaporte dominicano de los padres (si lo tienen).
g. Acta de Nacimiento dominicana de los padres (si la tienen).
h. Libro de familia o certificado de declaración de nacimiento del menor, expedido por la oficialía civil extranjera, debidamente legalizado y traducido al español si esta en otro idioma.
i. Certificado de Matrimonio si ambos padres son casados entre sí.
j. Un (1) testigo.
. OBSERVACIONES
11. En caso de ausencia o muerte de la madre la declaración podrá ser hecha por el padre.
12. Si la declaración se realiza antes de los 60 días de nacido se considerará oportuna. Después de esa fecha se considerará tardía.
13. Para que la Declaración de Nacimiento quede debidamente registrada, los padres deberán tramitar ante la Junta Central Electoral de la República Dominicana una solicitud de Transcripción del certificado de la declaración de nacimiento que le entregue la Oficina Consular.
14. Tanto los declarantes como los testigos deben estar conscientes que según la Ley de la República Dominicana, cualquier falsedad en la declaración constituye delito de perjurio, el cual será sancionado con la pena de reclusión de dos (2) a cinco (5) años y multas de diez (10) a veinte (20) salarios mínimos de la Republica Dominicana.
15. En caso de que el padre o la madre no tengan Cédula de Identidad y Electoral dominicana, es necesario la presencia de dos (2) testigos que posean el indicado documento. En caso contrario, donde el declarante posee documento de Identidad y Electoral dominicana, basta la presencia de un solo testigo, que en todo caso también deberá tener su Cédula de Identidad y Electoral dominicana correspondiente, y quien dará fe bajo juramento ante la Oficina Consular de la filiación anteriormente referida.
16. Las oficinas consulares tienen derecho a negarse a practicar una declaración de nacimiento si dudan de la veracidad de las informaciones suministradas por los padres declarantes o si la declaración no cuenta con todos los requisitos que exige la constitución de la República Dominicana y las leyes vigentes.
Documentos para el traslado de animales :
- Certificado de Salud notariado, expedido por el veterinario.
COMPULSA DE DOCUMENTOS
Nuestra Embajada Dominicana en La Haya, via su Seccion Consular ofrece a todos los ciudadanos dominicanos servicios relacionados con la compulsación de documentos de naturaleza distintas a fin de que puedan realizar cualquier actividad o función para los cuales dichos documentos sean imprescindibles.
Los ciudadanos dominicanos que requieran compulsaciones de documentos oficiales procedente de la República Dominicana, pueden dirigirse a nuestra Embajada Dominicana.
Todos los dominicanos tienen derecho a gestionar en las oficinas consulares dominicanas servicios de compulsación de documentos y de esa forma satisfacer los requerimientos exigidos en distintas dependencias españolas.
REQUISITOS
a. Copia fotostática del documento a compulsar.
b. Objeto físico del documento a compulsar.
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