Viaja a República Dominicana?

Conforme a la Ley No. 875 sobre Visados, los extranjeros que viajen a la República Dominicana deberán estar en posesión del visado en su documento de viaje, otorgado en uno de nuestros Consulados, con excepción de los nacionales de países con los cuales la República Dominicana haya suscrito acuerdos sobre dispensa de visado y de los nacionales de países autorizados a viajar al país provistos de una tarjeta de turista, siempre que la razón de su visita sea con fines turísticos.

Ver el Listado de Países y Condiciones de Visado

La TARJETA de TURISTA es un impuesto que cobra la República Dominicana a los que visitan nuestro país. La misma puede ser obtenida directamente en el Aeropuerto a su llegada a la República Dominicana. Algunos Tour-Operadores incluyen la TARJETA de TURISTA en las ofertas turísticas.

Notas Generales

  1. Todos los nacionales de países en capacidad de ingresar legalmente a la Unión Europea, a los Estados Unidos de América, a Canadá y a Gran Bretaña, pueden ingresar a territorio nacional de la República Dominicana con la simple presentación de la Tarjeta de Turismo (Decreto 691-07 de fecha 18 de diciembre del 2007).
  1. Todos los extranjeros que ingresan a la República Dominicana, sea con visa o tarjeta de turismo, deberán estar provistos de su pasaporte válido, con vigencia mínima y mantener su vigencia durante la permanencia y salida del territorio dominicano.
  1. En caso de que una persona quiera extender su visita mientras está en la República Dominicana, podrá pasar por las oficinas de la Dirección General de Migración y solicitar su prórroga, aplicable para una vez.

Para más información:

Ley General de Migración No. 285-04 del 15 de agosto de 2004.

Reglamento de Aplicación de la Ley General de Migración No. 631-11 del 19 de octubre de 2011. (link a la Ley)

Viaja a algún país del Reino de los Países Bajos?

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